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Modelo 349 de operaciones intracomunitarias
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Modelo 349 de operaciones intracomunitarias

August 8, 2023

En este nuevo post te explicamos detalladamente todo lo que como autónomo o pyme tienes que saber sobre el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: qué es, quién debe presentarlo, en qué plazos, cómo hacerlo y su relación con el modelo 303 de IVA.

Qué es el Modelo 349 y para qué sirve

El Modelo 349 es una declaración informativa por periodos con la que los autónomos y las empresas especifican sus operaciones intracomunitarias, esto es, las compraventas de bienes o servicios hechas a una empresa o profesional situado en otro estado miembro de la Unión Europea (UE).

NOTA: para declarar una operación intracomunitaria hay que estar dado de alta en el Registro de Operaciones Intracomunitarias (ROI), contar con CIF intracomunitario y emitir la factura sin IVA.

Qué son las operaciones intracomunitarias

Una operación intracomunitaria es la compra o venta de un bien o servicio a una compañía localizada en otro país miembro de la UE.

Normalmente, cuando se va a tener algún cliente al que venderle o prestarle un servicio en otro país de la UE, hay que darse de alta en el ROI a través de la presentación del Modelo 036.

NOTA: tras el Brexit, las operaciones con el Reino Unido ya no se consideran intracomunitarias.

Quién está obligado a presentar el Modelo 349

Este modelo es obligatorio para los autónomos que compren o vendan productos o servicios en algún país de la UE. Más concretamente han de cumplirse los dos siguientes requisitos:

  • Es obligatorio declarar la compraventa si se realiza desde algún país de la UE y se dirige a otro país comunitario pero diferente.
  • Ambas partes tienen que estar registradas oficialmente como operadores intracomunitarios y contar con un CIF intracomunitario.

La única excepción que exime de la obligación de presentar el Modelo 349 es que durante un año no se haya realizado ninguna compraventa intracomunitaria. En esta situación, la Agencia Tributaria dará automáticamente de baja del ROI.

Plazos de presentación del Modelo 349

Este modelo se puede presentar de forma mensual o trimestral según el importe de las operaciones realizadas:

  • Mensual: si el importe total es superior a 50.000€. Se presenta hasta el día 20 del mes siguiente.
  • Trimestral: si durante los cuatro trimestres anteriores el importe total es mayor a 50.000€. Se presenta del 1 al 20 de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero.

Presentación del Modelo 349 fuera de plazo

Presentar este modelo fuera de plazo conlleva una sanción o un requerimiento según quién se dé cuenta del retraso.

La sanción es una multa fija de 20€ por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad, con un mínimo de 300€ y un máximo de 20.000€.

Si no hay requerimiento y se presenta antes de que Hacienda lo informe, los importes anteriores se dividen por dos.

Cómo se presenta el Modelo 349

Se puede presentar este modelo telemáticamente con DNI o certificado electrónico en la Oficina Virtual de Hacienda o con un software de contabilidad que permita el cálculo, la descarga y la importación del fichero desde un ordenador al sistema de Hacienda.

Cómo rellenar el Modelo 349 paso a paso

La cumplimentación de este modelo es muy fácil.

En la primera hoja (resumen), hay varias partes:

  • Identificación: datos de la persona declarante (nombres y apellidos, NIF, datos de contacto…).
  • Ejercicio, período y tipo de presentación.
  • Resumen de declaración: número total de operaciones intracomunitarias, importe de las mismas, número total de operadores intracomunitarios con rectificaciones y su importe.
  • Presentación en soporte colectivo: solo si ha de presentarse una hoja resumen por cada autónomo o empresario individual declarante.
  • Fecha y firma.
  • Administración.

En las hojas interiores se precisa el grueso de la declaración, la relación de operaciones intracomunitarias y las rectificaciones de períodos anteriores. En la primera de ellas se debe especificar las operaciones aportando los siguientes datos:

  • Código del país.
  • NIF intracomunitario.
  • Apellidos y nombre o razón social.
  • Clave (tipo de operación).
  • Base imponible del IVA de la operación.

La hoja de rectificaciones de períodos anteriores sigue el mismo procedimiento:

CLAVE

TIPO DE OPERACIÓN INTRACOMUNITARIA

A

Compras intracomunitarias de bienes realizadas por el sujeto pasivo declarante, incluidas las transferencias de bienes desde otro Estado miembro.

E

Entregas intracomunitarias de bienes hechas por el sujeto pasivo declarante, incluidas las transferencias de bienes a otro Estado miembro.

T

Entregas en otro Estado miembro subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas, efectuadas en el marco de una operación triangular.

S

Prestaciones intracomunitarias de servicios llevadas a cabo por el declarante.

I

 

Adquisiciones intracomunitarias de servicios ubicadas en el territorio de aplicación del impuesto, prestados por empresarios o profesionales establecidos en otro Estado miembro cuyo destinatario es el declarante.

M

Entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta según el artículo 27.12° de la Ley del IVA.

H

Igual que lo dispuesto en la clave anterior, pero entregas efectuadas por  el representante fiscal de acuerdo con lo previsto en el artículo 86.3 de la Ley.

Qué relación hay entre el Modelo 349 y el Modelo 303

La información de esta declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias tiene que coincidir con la información del Modelo 303 de IVA del mismo periodo.

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