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¿Qué es una factura con retención?
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¿Qué es una factura con retención?

August 8, 2023

 

¿Qué es la retención en una factura?

Una retención en factura es una factura que incluye una retención, normalmente por IRPF, sobre la base imponible de la misma. Este tipo de factura obliga al destinatario a ingresar las cantidades retenidas a la Agencia Tributaria para pagar los impuestos del emisor en su Declaración de la Renta.

Emisión de una factura con retención

A la hora de emitir este tipo de factura, el proceso es prácticamente el mismo que el de una factura normal. Debe incluir los datos obligatorios de cualquier factura como la fecha, el número, los datos fiscales del emisor y del destinatario, la base imponible y el tipo de impuestos aplicados (si son operaciones exentas de tributación).

Cálculo de la retención en una factura

Según la Agencia Tributaria, el cálculo de la retención del IRPF debe realizarse de la siguiente forma:

  • Base Imponible: 100 euros
  • IRPF: -15 euros (100 euros multiplicados por 0.15 ó 15%)
  • IVA: multiplicado por el tipo a la base imponible, no al resultado de la retención anterior.

Además, el tipo o porcentaje a retener puede variar según la legislación fiscal de cada país. Generalmente, la retención se aplica de la siguiente manera: un 15% en las facturas o un 7%, en determinados casos, o también se aplica un 1% en la ganadería.

Retención en una factura autónoma

Se aplican dos tipos de retención a una factura autónoma, la general del 15 y la del 7%, que pueden aplicar los nuevos autónomos durante los tres primeros años de actividad, siempre que no hayan estado dados de alta como psicólogos en el año anterior.

Conclusión

Una factura con retención es una factura que incluye una deducción fiscal de su emisor. Esta retención es obligatoria por ley y debe ser ingresada en la Agencia Tributaria para su posterior inclusión en la Declaración de la Renta.

Además, el tipo aplicado en la factura varía en función del tipo de sector y ocupación del emisor. En la mayoría de los casos se aplica un tipo general del 15% y en determinados casos de nuevas autonomías un 7%, mientras que en ciertos sectores específicos se aplica un tipo del 1%.