Todas las compañías, en el transcurso de su operativa, están requeridas a presentar el Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio fiscal completo. No obstante, al igual que sucede con la declaración de la renta, este impuesto no se liquida en una única cuota, sino en pagos fraccionados. Para ello, las empresas deben cumplimentar el modelo 202.
En las siguientes líneas, se detalla en qué consiste el modelo 202, cómo se determina el importe a abonar y cómo se registra según las normativas del Plan General Contable.
Qué es el modelo 202 y para qué sirve
El modelo 202 es el formulario que las empresas utilizan para realizar los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) en España.
En lugar de abonar todo el impuesto al presentar el modelo 200 (la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades), las empresas deben realizar tres pagos anticipados durante el ejercicio, a cuenta del resultado final.
Esta obligación busca evitar que las empresas concentren grandes pagos al cierre del ejercicio, favoreciendo así una mayor liquidez y estabilidad fiscal durante el año.
Fechas de presentación del modelo 202
Los plazos para presentar el modelo 202 son los mismos cada año, salvo modificación por calendario fiscal. En la actualidad, las fechas límite son:
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Primer pago fraccionado: del 1 al 20 de abril
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Segundo pago fraccionado: del 1 al 20 de octubre
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Tercer pago fraccionado: del 1 al 20 de diciembre
Si el último día coincide con festivo o fin de semana, el plazo se amplía al siguiente día hábil.
Cómo se calcula el importe del modelo 202
El importe a pagar en el modelo 202 depende del sistema de cálculo que se aplique. Existen dos métodos principales, regulados por el artículo 40 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades:
Método de base (regla general)
Las empresas deben ingresar el 18% de la cuota íntegra del último Impuesto sobre Sociedades presentado (modelo 200), deduciendo bonificaciones, retenciones y pagos a cuenta.
Método de resultado (opcional)
Las empresas cuyo volumen de operaciones haya superado los 6.010.121,04 € en el ejercicio anterior están obligadas a calcular el pago en función del resultado real acumulado desde el inicio del año.
La fórmula sería:
- Pago fraccionado = (Base imponible acumulada × Tipo de gravamen) – Retenciones – Pagos anteriores
¿Quién está obligado a presentar el modelo 202?
Están obligadas a presentar el modelo 202:
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Todas las sociedades residentes en España sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
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Entidades con establecimiento permanente en España sujetas al IRNR.
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Las empresas con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 €, aunque no tengan beneficios en el ejercicio.
No están obligadas las empresas que no obtuvieron beneficios ni tienen obligación por volumen de operaciones.
Cómo contabilizar el modelo 202
A la hora de contabilizar el modelo 202, es importante reflejar correctamente los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades siguiendo las normas del PGC.
Cuentas contables utilizadas
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473 – Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta: Se utiliza para registrar los pagos realizados a la Agencia Tributaria por el modelo 202. Es una cuenta de activo, ya que representa un crédito a favor de la empresa (pagos que se compensarán con el impuesto anual).
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572 – Bancos: Refleja la salida de tesorería al realizar el pago fraccionado mediante domiciliación o transferencia.
Asiento contable del modelo 202
Supongamos que la empresa realiza un pago fraccionado de 2.000 € en abril. El asiento sería:
| Cuenta | Concepto | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 473 | HP, retenciones y pagos a cuenta (modelo 202) | 2.000 € | |
| 572 | Bancos | 2.000 € |
De este modo, se deja constancia del anticipo a cuenta del Impuesto de Sociedades, que se regularizará al cierre del ejercicio con el modelo 200.
Ejemplo completo de contabilización del pago fraccionado
Ejemplo práctico:
Una empresa, Sociedad Alfa S.L., presenta el modelo 202 en abril de 2025, pagando 3.600 €.
osteriormente, al cierre del ejercicio (modelo 200), el impuesto total devengado asciende a 12.000 €.
En abril:
473 HP, retenciones y pagos a cuenta ............ 3.600 €
a 572 Bancos ............................................ 3.600 €
En julio, al contabilizar el impuesto anual (modelo 200):
630 Impuesto sobre beneficios .................. 12.000 €
a 475 HP, acreedora por IS ......................... 12.000 €
Compensación final en el modelo 200:
475 HP, acreedora por IS ............................. 12.000 €
a 473 HP, retenciones y pagos a cuenta .... 3.600 €
a 572 Bancos ........................................... 8.400 €
Así se ajusta el saldo pendiente con los pagos ya efectuados durante el ejercicio.
Aspectos clave en la contabilidad del modelo 202
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Periodicidad: tres veces al año (abril, octubre y diciembre).
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Naturaleza: pago anticipado del Impuesto sobre Sociedades.
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Cuenta contable modelo 202: la 473 es la más relevante, junto con la 572.
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Revisión anual: el saldo de la cuenta 473 se regulariza en el modelo 200.
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Documentación: conservar justificantes bancarios y modelos presentados durante al menos 4 años (plazo de prescripción fiscal).
Errores comunes al contabilizar el modelo 202
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Registrar el pago en cuenta de gasto (6XX) en lugar de cuenta de activo (473).
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No compensar los pagos a cuenta al cierre del ejercicio.
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Confundir el modelo 202 con el 222, que se usa para grupos consolidados.
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Omitir la contabilización si el pago se domicilia automáticamente: debe registrarse igualmente.
Preguntas frecuentes sobre contabilizar el modelo 202
¿Qué cuenta contable se usa para contabilizar el modelo 202?
La cuenta contable 473, “Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta”, recoge los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades.
¿El modelo 202 genera un gasto en la contabilidad?
No. Es un pago anticipado, no un gasto. Se contabiliza como un activo corriente, compensándose con el impuesto final.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 200 y el modelo 202?
El modelo 200 es la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades. El modelo 202 son los pagos parciales realizados durante el año.
¿Cuándo se regulariza la cuenta 473?
En el momento de presentar el modelo 200, donde se comparan los pagos fraccionados con el impuesto total devengado.
¿Qué pasa si una empresa no presenta el modelo 202?
La falta de presentación o el retraso conlleva recargos, intereses y sanciones. En casos graves, puede derivar en inspecciones tributarias.
Conclusión: confía la contabilidad del modelo 202 a expertos
La correcta contabilización del modelo 202 es esencial para evitar sanciones, errores en el Impuesto de Sociedades y problemas de liquidez.
Contar con asesoramiento contable especializado permite garantizar la correcta aplicación del Plan General Contable y la optimización fiscal de tu empresa.
En Asesorae te ayudamos a contabilizar el modelo 202 paso a paso, presentar los modelos 200 y 202 correctamente, y mantener una contabilidad alineada con la normativa.
Evita errores y ahorra tiempo confiando en nuestros expertos fiscales.