Declarar los ingresos de Airbnb en Canarias es algo fundamental si tienes una vivienda y la alquilas por días. De hecho, es algo que no debes ignorar: hay obligaciones fiscales (IRPF), posibles obligaciones indirectas (IGIC) y un marco de control estricto (registro turístico y obligación de información por parte de las plataformas, entre otros).
Además, en los últimos años la administración ha ido concretando cuándo el alquiler turístico se considera actividad económica, lo que cambia la tributación y la obligación de cotizar.
Así que, si tienes un alquiler en plataformas como Airbnb en Canarias, sigue leyendo porque te lo vamos a desgranar todo.
¿Tu alquiler es actividad económica o rendimiento del capital inmobiliario?
Antes de todo, identifica el tipo de explotación:
- Rendimiento del capital inmobiliario (IRPF, modalidad pasiva): se produce cuando alquilas la vivienda sin servicios (limpieza, recepción, desayuno, etc.) y no organizas la actividad como negocio. En este caso tributas en el IRPF como rendimientos del capital inmobiliario.
- Actividad económica (rendimientos de actividad): si ofreces servicios propios del sector hotelero (servicio de limpieza, cambio de sábanas, recepción, ofertas de restauración, intermediación permanente…) o explotas varias viviendas de forma organizada, la Administración puede considerar que ejerces una actividad económica. En efecto, han habido sentencias que han entendido ciertos casos como actividad económica, lo que implica otras obligaciones (IGIC, alta en actividades, cotización, facturación como empresario).
Consejo: si prestas solo alojamiento y poca o ninguna prestación adicional, normalmente se empieza tratando como rendimiento del capital; si el servicio es completo y regular, trátalo como actividad económica y consulta con tu asesor.
IRPF: cómo y dónde declarar los ingresos de Airbnb
Independientemente de si tu alquiler es pasivo o una actividad, debes tributar por los ingresos en la declaración de la renta:
- Si es rendimiento del capital inmobiliario: incluye los ingresos en el Modelo 100 dentro del apartado correspondiente a rendimientos del capital inmobiliario, restando los gastos deducibles (IBI, comunidad, seguros, amortización, intereses de préstamo hipotecario proporcional al tiempo de disponibilidad para alquiler turístico, etc.).
- Si se considera actividad económica: tributarás como actividad económica en estimación directa (normalmente) y deberás presentar pagos fraccionados (modelo 130) si procede, además de practicar retenciones y emitir facturas cuando sea necesario.
IGIC y alquiler vacacional en Canarias: ¿cuándo se aplica?
En Canarias no existe IVA, ya que el impuesto indirecto es el IGIC. En la práctica:
- El alquiler vacacional está sujeto a IGIC (tipo general 7%) cuando se presta con características de hospedaje (servicios hoteleros, prestación constante de servicios, profesionalización) y se considera actividad comercial.
- Si el alquiler turístico es rendimiento del capital (sin servicios) normalmente no hay IGIC repercutido en la factura al huésped (se declara en IRPF como rendimiento del capital). Ahora bien, la frontera entre ambos regímenes es sensible y depende de los servicios prestados y de cómo organices la explotación.
Si aplicas IGIC, deberás presentar el modelo 420 trimestralmente y el resumen anual (modelo 425) cuando corresponda.
Registro, licencias y obligaciones turísticas (Registro Único, normativa autonómica)
Desde 2025 se refuerzan los requisitos de registro y control del alquiler vacacional en Canarias:
- Registro General Turístico de Canarias/Declaración responsable: para operar legalmente, la vivienda vacacional debe inscribirse y cumplir requisitos autonómicos y locales (cédula, condiciones de habitabilidad, dotación mínima, comunicaciones). El Gobierno de Canarias dispone de trámites electrónicos para la inscripción.
- Registro Único estatal: obliga a identificar cada alojamiento con un número de registro que las plataformas deben mostrar en los anuncios, debiendo estas eliminar anuncios sin número. Esto facilita que tanto Hacienda como los ayuntamientos identifiquen a los explotadores turísticos.
Importante: antes de publicar tu anuncio, consigue el número de registro y cumple la normativa autonómica y municipal aplicable.
Modelos y trámites prácticos (036/037, 420, 130, 100, otros)
Los modelos que probablemente necesitarás para el alquiler vacacional son:
- Modelo 036/037: alta en el censo de empresarios (marcar epígrafe IAE si desarrollas actividad). Obligatorio antes de empezar la actividad.
- Modelo 420 (IGIC): si la actividad está sujeta a IGIC, debe presentarse trimestralmente (IGIC repercutido vs IGIC soportado).
- Modelo 100 (IRPF): declaración anual de la renta, donde informarás de rendimientos del capital o de actividad.
- Modelo 130: pagos fraccionados del IRPF si tributas en estimación directa.
- IAE: generalmente no se paga si tu cifra de negocio es inferior al millón de euros, pero puede ser necesario darse de alta en el epígrafe correspondiente.
- Modelos informativos: según el volumen de operaciones o si realizas actividades con terceros (modelo 347, etc.).
Recomendación: registra desde el principio (modelo 036/037) y consulta con tu asesor si debes tributar IGIC o solo IRPF.
Deducciones y gastos que puedes restar
Los gastos habituales deducibles del alquiler vacacional en Canarias (según el régimen y siempre documentados) son los siguientes:
- Comunidad, IBI, suministros proporcionales (agua, luz, internet) en función del tiempo de alquiler.
- Seguro del hogar (parte proporcional).
- Gastos de intermediación (comisiones de plataformas).
- Gastos de limpieza, lavandería y suministros si los asumes.
- Amortización del inmueble (si tributas como actividad económica, puedes amortizar parte del inmueble) y de muebles.
- Intereses de préstamos vinculados a la compra del inmueble (proporcional).
Ojo: guarda las facturas porque Hacienda exige justificación para aceptar deducciones.
Obligaciones de las plataformas y control (DAC7, información a Hacienda)
Las plataformas de alquiler vacacional (Airbnb, Booking, etc.) están obligadas a informar sobre las operaciones de los anfitriones a Hacienda (normativa DAC7 y desarrollos nacionales).
Desde la implantación de estos mecanismos, Hacienda cruza datos y envía avisos a los contribuyentes con ingresos no declarados. Si recibes una notificación, no la ignores: puede ser un aviso preventivo para regularizar la declaración.
Fiscalidad local: tasas turísticas y variaciones municipales
Aunque no existían impuestos al alquiler vacacional en Canarias, algunos municipios han comenzado a implantar tasas turísticas (por ejemplo, Mogán) o lo están estudiando.
Comprueba en tu ayuntamiento si hay tasas por pernoctación y cómo cobrarlas (a veces las plataformas las cobran directamente).
Conclusión
Declarar los ingresos de Airbnb en Canarias ya no es opcional si quieres evitar sanciones. La clave de todo es identificar correctamente la naturaleza de tu explotación (renta o actividad), darte de alta en el censo, registrar el inmueble y llevar una contabilidad ordenada para declarar correctamente IRPF e IGIC cuando proceda.
Por eso, si quieres despreocuparte y asegurarte de cumplir con la legalidad y normativa vigentes, lo mejor es contar con una asesoría fiscal para alquiler vacacional en Canarias como Asesorae que te ayude con todo lo relacionado con tu inmueble para que puedas seguir alquilándolo sin preocupaciones.