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Modelo 100: guía para autónomos

El Modelo 100 es usado por millones de ciudadanos residentes en toda España para informar a Hacienda sobre las rentas recibidas a lo largo de un año. A continuación te contamos quién tiene que presentarlo, cómo rellenarlo, cuándo presentarlo y mucho más.

Qué es el modelo 100 y qué relación tiene con el IRPF

Este modelo de la Agencia Tributaria es un documento que permite hacer la devolución o ingreso del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), esto es, el modelo al que generalmente llamamos declaración de la renta.

Quién debe presentar el modelo 100 de la AEAT

La mayoría de trabajadores por cuenta propia españoles tienen la obligación de presentarlo, por lo que es más sencillo nombrar quiénes no están obligados a ello.

No tendrán la obligación de presentarlo los autónomos que hayan percibido rendimientos del trabajo (nóminas y pensiones) que no sobrepasen los 22.000€ anuales de un mismo pagador.

Tampoco están obligados aquellos trabajadores por cuenta propia que obtengan rentas de un segundo o más pagadores y no superen los 1.500€.

Asimismo, quienes tengan pensiones de la Seguridad Social con retención por procedimiento especial tampoco tienen que presentarlo.

Por otra parte, el límite para no presentarlo se fija en 14.000€ al año en los siguientes casos:

Qué información hay que tener en cuenta para rellenar el modelo 100 de Hacienda

La información fundamental a incluir contempla lo siguiente:

Cómo se rellena el modelo 100 de la Agencia Tributaria

Es esencial tener claro que se trata de un tipo de documento que se presenta al hacer la declaración de la renta anual. Para generarlo, una vez rellenada la misma hay que seguir estos pasos:

  1. Entrar en la página web de la Agencia Tributaria.
  2. Descargar el programa PADRE, que permite gestionar, modificar y presentar la declaración de la renta.
  3. Rellenar los datos siguiendo las pautas que ofrece el programa.
  4. Incluir los gastos derivados de la actividad económica, así como los datos catastrales de la vivienda en la que se reside y de todas las propiedades, en caso de tener varias.

Se puede conseguir el número de referencia y descargar los datos fiscales con certificado o clave PIN. Si se ha realizado una venta de inmuebles o acciones, hay que declarar dicha ganancia patrimonial manualmente, indicando fecha, precio y gastos relacionados con la operación.

Cómo se presenta el modelo 100 siendo autónomo

Hay diferentes maneras de presentarlo:

Es importante tener en cuenta que si el resultado sale a devolver y se renuncia a la devolución, únicamente puede confirmarse el borrador por Internet, por teléfono o en las oficinas de la Agencia Tributaria. 

Además, desde el ejercicio 2019, la dirección fiscal de los declarantes, que estaba en la primera página, se añade un paso previo que obliga a ratificar el domicilio fiscal antes de hacer la descarga de datos fiscales o la presentación de la declaración.

Cuándo se presenta el modelo 100

El plazo de presentación coincide con el de la declaración de la renta. En 2022, este periodo comprende desde el 6 de abril hasta el 30 de junio.

El calendario de la campaña de la renta puede variar ligeramente cada año, por lo que es vital revisar los plazos cada vez que se presente el modelo.

Qué pasa si se presenta el modelo 100 fuera de plazo

Presentarlo fuera de plazo significa pagar un extra que varía según quién se dé cuenta del olvido.

Si Hacienda no se da cuenta primero

Si el declarante presenta el modelo antes de que la Agencia Tributaria lo notifique, se expondrá a un requerimiento.

Si Hacienda se da cuenta primero

En caso de sea Hacienda quien se lo recuerde al declarante, habrá que pagar una sanción que varía según el importe no pagado.

Cómo se paga el modelo 100

La declaración de la renta, y por extensión el modelo que estamos analizando, puede salir a devolver o a pagar.

Si el resultado es a pagar, se puede hacer en Hacienda en efectivo, cargo en cuenta o domiciliación bancaria.

Esto se puede realizar de una vez o fraccionadamente. Si se prefiere pagar por plazos, hay dos partes: el primero será el 60% del importe total y el segundo el 40% restante.

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