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Modelo 222: ¿qué es y quiénes están obligados a presentarlo?
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Modelo 222: ¿qué es y quiénes están obligados a presentarlo?

August 8, 2023

El propósito del Modelo 222 es simplificar para los conjuntos de empresas la presentación y abono de sus pagos fraccionados relacionados con el Impuesto sobre Sociedades. Pero no todo es tan sencillo, así que vamos a verlo todo en detalle a continuación.

¿Qué es el Modelo 222?

El Boletín Oficial del Estado (BOE) establece que el modelo 222 de pago fraccionado es de uso obligatorio para realizar los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, tal como se indica en el artículo 40 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y para los grupos fiscales, incluyendo a las cooperativas, que tributan por el régimen fiscal especial establecido en el capítulo VI del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y en el Real Decreto 1345/1992, de 6 de noviembre, por el que se dictan normas para la adaptación de las disposiciones que regulan la tributación sobre el beneficio consolidado a los grupos de sociedades cooperativas, respectivamente.

Además, el uso del modelo 222 también es obligatorio para los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal para los contribuyentes que, estando sometidos a normativa foral, tributan conjuntamente a la Administración del Estado y a la foral, de acuerdo con lo establecido en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por la Ley 12/2002, de 23 de mayo, o en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por la Ley 28/1990, de 26 de diciembre.

¿Cuándo hay que presentar el Modelo 222?

La Agencia Tributaria establece que la presentación de la autoliquidación modelo 222, pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades para los grupos fiscales, se llevará a cabo durante los primeros veinte días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre de cada año natural.

Además, los contribuyentes o las entidades dominantes o cabeceras de grupos pueden utilizar la domiciliación bancaria en una entidad de depósito que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria (banco, caja de ahorro o cooperativa de crédito), situada en territorio español en la que se encuentre abierta a su nombre la cuenta en la que se domicilia el pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades para los grupos fiscales.

En caso de pretender domiciliar el pago, el plazo de presentación electrónica de las autoliquidaciones del modelo 202 y del modelo 222 será desde el día 1 hasta el 15 de los meses de abril, octubre y diciembre.

¿Qué tener en cuenta al presentar el Modelo 222?

Algunos de los puntos a considerar en la presentación de este modelo son los siguientes:

Datos de identificación

Se requieren datos de identificación para la entidad dominante o representante, incluyendo un número secuencial y año de registro del número de grupo al que pertenece la entidad.

Devengos

  • Ejercicio correspondiente al año en que se realizará el pago (4 dígitos).
  • Período de pago fraccionado, indicado por claves 1P (abril), 2P (octubre) y 3P (diciembre).
  • Fecha de inicio del período impositivo en formato DD/MM/AA (D=día, M=mes, A=año).
  • Actividad principal según la CNAE.

Datos adicionales

Se deberá incluir el grupo al que pertenece la entidad y el tipo de liquidación según las modalidades establecidas en los artículos 40.2 LIS o 40.3 LIS, que se refieren al cálculo de la base del pago fraccionado.

Por último, es importante tener en cuenta que la presentación del modelo 222 debe ser realizada obligatoriamente de forma telemática.

Conclusiones

El modelo 222 es un instrumento de obligado cumplimiento para los grupos de sociedades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal, así como para aquellos contribuyentes que estando sometidos a normativa foral, tributen conjuntamente a la Administración del Estado y a la foral.

Este modelo permite declarar e ingresar los pagos fraccionados correspondientes al Impuesto sobre Sociedades de forma simplificada y unificada. La presentación de la declaración modelo 222 debe realizarse por vía telemática y dentro de los primeros veinte días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre de cada año natural.

Además, este modelo contiene información importante, como los datos de identificación de la entidad dominante o representante, el devengo, la actividad principal según el CNAE, entre otros.

En resumen, el modelo 222 es una herramienta fundamental para las empresas que tributan bajo el régimen de consolidación fiscal y que desean cumplir con sus obligaciones fiscales de manera eficiente y en línea con la normativa vigente.

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