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¿Cuánto tiene que cotizar un autónomo para cobrar la pensión máxima?
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¿Cuánto tiene que cotizar un autónomo para cobrar la pensión máxima?

August 8, 2023

Este 2022 ha comenzado con diferentes modificaciones que atañen a la jubilación de los trabajadores por cuenta propia. A los cambios respecto a la edad legal para retirarse o la subida de las pensiones mínimas, se le añade el incremento del límite máximo que pueden cobrar los autónomos que cotizan por las bases más altas.

A partir de enero de 2022, la pensión máxima con la que puede retirarse un trabajador por cuenta propia, esto es, la cantidad máxima que puede abonar a la Seguridad Social por la jubilación ha aumentado 113€ al mes. Si en 2021 el límite lo marcaban los 2.707€ mensuales por 14 pagas (38.505€ anuales), en 2022 el límite pasa a los 2.820€ al mes (39.474€ al año).

El incremento en los topes es debido a la primera parte de la reforma de las pensiones, en la que está incluida la revalorización de las mismas según el IPC (Índice de Precios al Consumo). De este modo, todas las pensiones contributivas, entre las que se incluyen la máxima, han aumentado un 2,5% y las mínimas y no contributivas un 3%.

Así, desde 2022 los trabajadores por cuenta propia que hayan cotizado el mínimo exigido y cumplan con la edad legal no podrán cobrar por 14 pagas menos de 685€ mensuales ni más de 2.820€ al mes.

¿Cuánto hay que pagar de cuota para cobrar la pensión máxima siendo autónomo?

De acuerdo con datos de la Seguridad social, a finales de 2021 había en España 44.271 trabajadores por cuenta propia persona física –excluyendo a los societarios– cotizando más de tres veces la base mínima (960€ mensuales). Así las cosas, dichos autónomos están cotizando por una base superior a los 3.198€.

Si cumplen los requisitos para cobrar el 100% de su pensión al retirarse, prácticamente todos estos trabajadores por cuenta propia pasarían a cobrar la pensión máxima de modo automático, dado que si cotizan por una base superior a los 3.200€, les correspondería una pensión de, como mínimo, 2.741€ mensuales por 14 pagas. Una cifra muy próxima a los 2.820€.

Sin embargo, los expertos indican que dicha cifra no es exacta por dos razones:

  • Para cobrar la pensión máxima habrá tenido que pagar más del triple de la base mínima durante los últimos 25 años. Y a pesar de que ahora mismo haya 44.271 trabajadores por cuenta propia cotizando en esta franja, esto no quiere decir que todos lleven un cuarto de siglo cotizando por dicha base. En efecto, es normal que muchos suban su base según vayan acercándose a la edad de jubilación; para calcular su pensión en este caso se les haría la media de todas sus bases en los 300 meses anteriores a retirarse.
  • En el caso de que el autónomo lleve 25 años cotizando por una base que suponga más del triple de la mínima, tendría que cumplir también otros requisitos como tener la edad legal, los años cotizados que exige la normativa y la cotización mínima exigida en el año en el que acceda a la jubilación para poder retirarse con la pensión máxima.

¿Qué requisitos hay que cumplir para cobrar la pensión máxima siendo autónomo?

Así las cosas, a continuación veremos con más detalle todos los requisitos que debería cumplir un autónomo para que la Seguridad Social le pague el máximo posible por su pensión de jubilación.

1. Haber pagado una cuota suficiente para cobrar la pensión máxima

Desde hace tiempo, distintos expertos y organizaciones representativas del colectivo han estado recordando la importancia de pagar más cuota, siempre que se pudiera, para que después las prestaciones sean mejores

Esto se debe a que la cuota que pagan cada mes los trabajadores por cuenta propia va a ser la que fije directamente cuánto recibirán de pensión, siempre que cumplan los demás requisitos y no sobrepasen los límites mínimo y máximo. 

En el caso del tope máximo en 2022 son 2.820€ por 14 pagas, lo que corresponde a una base de cotización de 3.290€. Por consiguiente, el autónomo tendrá que haber pagado aproximadamente una cuota media de unos 1.000€ al mes durante los últimos 25 años para poder cobrar la pensión máxima del sistema.

2. Haber cotizado lo suficiente para alcanzar la máxima durante los últimos 25 años 

Puesto que la pensión en 2022 se calcula en base a los 25 años previos a la jubilación, no basta, por ejemplo, con haber pagado una cuota de 1.000€ durante los últimos ocho años y de 500€ durante el resto. Esto es debido a que el cálculo para fijar la cuantía de la prestación se hace mediante un promedio.  

De este modo, cuando el trabajador por cuenta propia se retire, la Seguridad Social hará la media de todas las bases por las que haya cotizado durante los 300 meses anteriores a la jubilación (25 años). Esa cifra, que representa la cantidad que tiene cotizada, se divide entre 350 –producto de incluir las dos pagas extraordinarias anuales que percibirá–.

Por ende,  si un autónomo cotizó entre los 42 y los 55 años por una base de 750€, pero entre los 55 años y su jubilación incrementó su base a los 1.250€, probablemente ambas se compensen y pueda acceder a la pensión máxima. Por contra, si cotizó a partir de los 42 años y hasta los 60 por una base de 600€ y luego la aumentó a los 1.400€, a pesar de la subida en sus últimos años de cotización, probablemente acabe cobrando menos de la pensión máxima.

Para finalizar, no hay que olvidar que un trabajador por cuenta propia que haya cotizado por la base máxima de 4.132€, aunque haya cotizado lo suficiente como para cobrar mucho más de la pensión máxima, su jubilación continuaría siendo de 2.820€ al mes en 2022, dado que las pensiones continúan limitadas. Esto quiere decir que, toda cantidad que supere los 3.200€ de base de cotización (1.000€ de cuota), no volverá al autónomo en forma de jubilación.

3. Cumplir con la edad legal y tiempo mínimo cotizado establecidos en 2022 

Obviamente, para cobrar la pensión máxima de jubilación hay que acceder a la modalidad contributiva y, por consiguiente, además de haber cotizado la cantidad suficiente, hay que cumplir también con los requisitos anteriores.

De esta forma, teniendo como referencia el año 2022,  los trabajadores por cuenta propia que quieran recibir la pensión de jubilación al completo, sin ningún recorte, tendrán que retirarse al cumplir los 65 años y demostrar un periodo de cotización de 37 años y seis meses. En la situación de que su periodo cotizado sea menor, el autónomo tendrá que esperar hasta los 66 años y 2 meses.   

Esto es muy importante porque, por ejemplo, si el trabajador por cuenta propia decide retirarse dos años antes de la edad legal, a los 63 o 64 años, habría penalizaciones y se le podría reducir la pensión hasta en más de un 20%. Por consiguiente, en muy pocos escenarios, podrían alcanzar a retirarse con la pensión máxima a pesar de haber cotizado por bases altas a lo largo de su vida laboral.

¿Por qué bases cotizan los autónomos? 

Aunque existen muy pocos trabajadores por cuenta propia cotizando por bases suficientes como para retirarse con la pensión máxima, las cifras prueban que tampoco es verdad eso de que casi todo el colectivo cotiza por la mínima. De hecho, año tras año, los autónomos pagan más cuota y sus bases aumentan más.

Mientras que hubo años en los que más del 70% del colectivo cotizaba por la mínima, ahora apenas el 55% de los autónomos cotiza por esa base. Asimismo, a medida que cumplen años, los trabajadores por cuenta propia van subiendo gradualmente sus bases.

Fuente: https://www.autonomosyemprendedor.es/

Viendo la tabla puede comprobarse que antes de los 30 años la mayoría de los trabajadores por cuenta propia cotizan por la base mínima –944€ en 2021 y 960€ en 2022–. De los 257.000 autónomos que tienen entre 16 y 30 años, 222.837 cotizan por la mínima, esto es,  casi el 90% cotiza lo mínimo y sólo 86 personas cotizan por bases superiores a los 3.000€.

No obstante, a partir de los 50 años, la cifra de trabajadores por cuenta propia cotizando por la mínima se reduce considerablemente del 90% a entorno el 50%, y la mayoría de los autónomos que cotizan por las bases más altas están en esta franja: un total de 34.102 de los 44.200 personas que cotizan más del triple de la base mínima.

Esto es debido, principalmente, a que cotizar por bases altas antes de los 42 años no afecta a la jubilación, ya que sólo cuentan los 25 años anteriores al retiro, por lo que muchos esperan a tener más edad para incrementar su protección. Sea como fuere, los expertos señalan que la ley no es estática y que tarde o temprano puede incrementarse este periodo y se tengan en cuenta cada vez más años para calcular la pensión de jubilación.

Finalmente, tampoco se debe olvidar que cotizar más no sirve únicamente para cobrar más pensión, sino también para recibir muchas otras prestaciones como Incapacidad Temporal o cese de actividad, que sí que se pueden necesitar en el presente, y en las que, cuanto más alta sea la base, mayor será el importe a percibir.

¿Cuál es la base de cotización de un autónomo societario?

Recordemos que para ser autónomo societario se debe cumplir por lo menos uno de los supuestos siguientes:

  • Tener al menos el 25% del capital social de la empresa y ejecutar labores de gerencia.
  • Disponer de al menos el 33% del capital social de la empresa y trabajar en ella.
  • No contar con participaciones sociales, pero convivir con uno de los socios con el 50% de capital social.

Aunque hasta hace poco tiempo el autónomo societario pagaba a la Seguridad Social la misma cuota que cualquier trabajador por cuenta propia, con este nuevo criterio su base mínima de cotización en el año 2022 es 1.234,80€.

¿Cómo y cuándo ampliar la base de cotización de autónomos?

Los trabajadores por cuenta propia pueden cambiar la base de cotización hasta cuatro veces al año:

  • Desde el 1 de enero al 31 de marzo, con efectos a partir del 1 de abril.
  • Desde el 1 de abril al 30 de junio, con efectos a partir del 1 de julio.
  • Desde el 1 de julio al 30 de septiembre, con efectos a partir del 1 de octubre.
  • Desde el 1 de octubre al 31 de diciembre, con efectos a partir del 1 de enero del siguiente año.

Cuidado: no hay integración de lagunas

Al contrario que los trabajadores del Régimen General, al calcular la pensión de los trabajadores por cuenta propia jubilados no existe la integración de lagunas. Esto significa que sin en el periodo escogido para hacer el cálculo aparecen meses en los que el autónomo no ha cotizado, no se completarán con las bases mínimas vigentes.

Esto perjudica a ciertos autónomos para trabajar en la recta final de su vida laboral, o que sufren parones por las características de su actividad. Es algo bastante frecuente en sectores como la educación, los servicios o la agricultura, entre otros.

Conclusión: edad, periodo cotizado, media de los últimos 25 años y cuota mensual son las claves

La base de cotización de autónomos es uno de los factores que hay que tener en cuenta si se quiere cobrar la pensión máxima. Pero como habrás podido comprobar, también hay que considerar la edad, el periodo cotizado y la media de los últimos 25 años.

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