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REDEME: qué es y para qué sirve el registro de devolución mensual del IVA
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REDEME: qué es y para qué sirve el registro de devolución mensual del IVA

May 13, 2025

Si tienes un negocio, por pequeño que sea, y llevas tú mismo los papeles o cuentas con alguien que te echa una mano con los trámites, seguramente alguna vez has oído mencionar el REDEME. Ahora bien… ¿sabes realmente de qué va y si te interesa apuntarte?

En este artículo te lo cuento de forma sencilla y sin tecnicismos. Te explicaré qué es el REDEME (que no es más que el Registro de Devolución Mensual del IVA), para qué sirve, qué ventajas tiene, qué requisitos hay que cumplir y cómo se solicita. Todo con ejemplos y bajado a tierra, para que entiendas si encaja con tu situación como autónomo o responsable de una empresa.

Porque sí, este sistema puede ayudarte a mejorar tu liquidez, pero también supone ciertos cambios en la forma de llevar tus cuentas y en cómo te relacionas con Hacienda. Así que vamos a verlo con calma.

¿Qué es el REDEME, explicado fácil?

El REDEME es una opción que ofrece Hacienda para que, en lugar de tener que esperar al final del año para recuperar el IVA que has pagado de más, puedas pedir esa devolución mes a mes.

Dicho de otra forma: si un mes te toca pagar más IVA del que has cobrado a tus clientes, en vez de quedarte esperando hasta diciembre, puedes solicitar que te lo devuelvan en el mes siguiente. Eso sí, para ello tienes que estar dado de alta en este registro especial.

Este sistema está pensado, sobre todo, para negocios que suelen pagar más IVA del que ingresan. Por ejemplo, empresas que exportan productos o que están haciendo inversiones grandes (como comprar maquinaria, material o tecnología), y por tanto acumulan bastante IVA soportado.

¿A quién le puede interesar apuntarse al REDEME?

Como es lógico, no todos los autónomos o empresas necesitan inscribirse en el REDEME. De hecho, meterse en este registro implica asumir más papeleo y ciertos compromisos extra. Así que, si no te sale a cuenta, puede que acabes complicándote la vida sin necesidad.

¿Quién suele sacarle partido al REDEME? Pues normalmente:

  • Empresas que hacen inversiones importantes y quieren recuperar cuanto antes el IVA que pagan por esas compras.
  • Negocios que exportan mucho, ya que aunque no cobren IVA en sus ventas al extranjero, sí lo pagan a sus proveedores y pueden tener bastante saldo a su favor.
  • Empresas que compran mucho con IVA, pero que, por el tipo de actividad que realizan, no lo repercuten en la misma medida a sus clientes.
  • Cualquier negocio que, por su operativa habitual, suele tener devoluciones de IVA en lugar de tener que pagar.

Es decir, si tu actividad hace que normalmente termines con saldo a devolver en tus declaraciones de IVA, este sistema puede ser una buena ayuda para mejorar tu flujo de caja. Pero si no es tu caso, y normalmente te toca pagar, entrar en el REDEME te puede suponer más lío que beneficio.

¿Qué necesitas para darte de alta en el REDEME?

No vale con querer, hay que poder. La Agencia Tributaria tiene una serie de condiciones que debes cumplir antes de poder inscribirte en este sistema. Son estas:

  • Estar al día con Hacienda. Si tienes deudas, sanciones pendientes o cualquier asunto sin resolver, olvídate. Te lo van a denegar.
  • No haber sido expulsado del REDEME en los últimos tres años. Si alguna vez te dieron de baja por incumplir, no podrás volver tan fácilmente.
  • Presentar el IVA cada mes, no cada trimestre. Para estar en el REDEME es obligatorio hacer declaraciones mensuales, lo que implica presentar el modelo 303 todos los meses.
  • Estar dado de alta en el SII (Suministro Inmediato de Información). Esto es clave: tendrás que enviar los libros de facturas de forma electrónica, casi en tiempo real, a través de la sede online de la Agencia Tributaria. Y este punto es importante, porque cambia mucho la forma en la que llevas tu contabilidad.

El SII: el gran “pero” técnico del REDEME

Desde 2017, Hacienda puso una condición clave para quienes quieren apuntarse al REDEME: usar el Suministro Inmediato de Información, más conocido como SII.

¿Y qué significa esto exactamente? Pues que, cada vez que emites o recibes una factura, tienes que enviar los datos básicos de ese documento directamente a la Agencia Tributaria, y hacerlo en un plazo máximo de 4 días naturales (o 8 días, si no estás obligado a tener auditoría). Vamos, que no puedes dejarlo para más adelante.

Este sistema supone llevar tus libros de IVA de forma electrónica y casi en tiempo real. Ya no vale con tener la contabilidad bien organizada en una hoja de Excel y presentar el modelo 303 una vez al mes. Ahora, tienes que estar conectado a Hacienda constantemente, enviando cada movimiento prácticamente al momento en que se produce.

¿El problema? Que esto no es tan sencillo como parece, sobre todo si eres autónomo o tienes una pequeña empresa sin un equipo de contabilidad potente detrás. Requiere tener un programa de facturación que esté preparado para conectarse con Hacienda, conocimientos técnicos básicos y una forma distinta de trabajar: más ágil, más automatizada y mucho más controlada.

Por eso, muchas pequeñas empresas que podrían beneficiarse de las devoluciones mensuales del REDEME deciden no meterse en este lío, porque el salto tecnológico y organizativo que exige el SII no siempre compensa.

Cómo apuntarse al REDEME paso a paso

Si después de valorar pros y contras crees que el REDEME encaja contigo, el proceso para solicitar el alta no es complicado, pero hay que tener en cuenta ciertos plazos y requisitos.

Cuándo puedes apuntarte

El periodo general para inscribirte va del 1 al 30 de noviembre del año anterior al que quieres empezar a aplicar el REDEME. Por ejemplo, si quieres estar dentro en 2026, tendrás que presentar la solicitud en noviembre de 2025.

Cómo se solicita

A través de internet, presentando el modelo 036 (sí, ese que sirve para casi todo con Hacienda). Solo tienes que marcar la casilla específica para apuntarte al REDEME.

Casos especiales

Si acabas de iniciar tu actividad o si tu empresa supera los 6.010.121,04 € de facturación anual (lo que Hacienda considera una “gran empresa”), puedes darte de alta fuera del plazo general, y empezar a aplicar el régimen desde el periodo siguiente al de tu solicitud.

Una vez aceptado, pasas a formar parte del REDEME desde el primer día del siguiente periodo de liquidación (normalmente, el mes siguiente). Y a partir de ahí, ya tendrás que enviar tus facturas a través del SII y presentar tus declaraciones de IVA cada mes.

Cómo salir del REDEME (y cuándo puede interesarte hacerlo)

Apuntarse al REDEME no es una decisión permanente. Si en algún momento ves que ya no te compensa seguir dentro, puedes darte de baja sin problema.

¿Cómo? Presentando el modelo 036, el mismo que usaste para apuntarte. Eso sí, tienes que hacerlo durante el mes de noviembre, y los efectos se aplicarán a partir de enero del año siguiente.

También puede pasar que Hacienda te saque del REDEME de forma automática, sin que tú lo pidas. Esto puede ocurrir si:

  • No cumples con tus obligaciones fiscales de manera repetida.
  • No usas correctamente el sistema SII (es decir, si no envías bien los datos de tus facturas).
  • Te retrasas en la presentación de tus declaraciones mensuales de IVA.

Y cuidado con esto: si te expulsan por incumplimiento, no podrás volver a apuntarte hasta pasados tres años. Así que es importante tener claro dónde te metes antes de solicitar el alta.

Ahora bien, salirte del REDEME también puede ser una buena idea, sobre todo si:

  • Tu negocio ha cambiado y ya no soportas tanto IVA como antes.
  • El sistema SII te resulta complicado o demasiado costoso de mantener con los recursos que tienes.

Como siempre, lo mejor es hacer números y valorar si el esfuerzo que te exige estar en este régimen especial realmente te merece la pena.

¿Qué ventajas tiene el REDEME? ¿De verdad compensa?

Para muchas empresas, sí que compensa. Si estás en el perfil adecuado, las ventajas pueden ser bastante interesantes:

  • Más liquidez de forma inmediata: al poder pedir que te devuelvan el IVA cada mes, no tienes que esperar al cierre del año. Esto viene genial si haces muchas compras, inviertes a menudo o manejas un volumen de gasto elevado.
  • Menos presión económica: recuperas antes el dinero del IVA que has pagado, lo que te permite respirar un poco más tranquilo mes a mes.
  • Te adaptas mejor al entorno digital: si ya trabajas con un programa de facturación avanzado o un ERP, el uso del SII no te supondrá ningún problema. De hecho, se puede integrar fácilmente y automatizar buena parte del proceso.

Ahora bien, todo esto tiene sentido solo si estás preparado. Porque el SII no es opcional, y supone que tu contabilidad esté al día, que el sistema informático funcione bien y que tu equipo —aunque seas tú solo— esté al tanto de cómo cumplir con todo al detalle.

¿Y si soy autónomo? ¿También puedo apuntarme?

Sí, claro que puedes. El REDEME no es solo para empresas grandes ni sociedades mercantiles. Si trabajas por cuenta propia, también puedes solicitar la inscripción siempre que cumplas los requisitos, especialmente uno muy importante: usar el SII (Suministro Inmediato de Información).

Ahora bien, vamos a ser sinceros: la gran mayoría de los autónomos no suelen sacar partido de este régimen. ¿Por qué? Porque la carga de trabajo extra, el cambio tecnológico necesario y la exigencia de llevar todo el papeleo al día muchas veces no compensan con respecto a lo que podrías recuperar en devoluciones de IVA.

Eso sí, si eres un profesional autónomo que realiza inversiones importantes cada cierto tiempo o que vende al extranjero con frecuencia, entonces sí podría interesarte planteártelo.

Un caso real (para entenderlo sin tecnicismos)

Imagina que tienes un pequeño negocio relacionado con maquinaria. Este mes compras una máquina que cuesta 100.000 €, con un IVA asociado de 21.000 €. Pero las ventas han ido flojas y solo has repercutido 6.000 € de IVA a tus clientes.

Si estás en el régimen general, tendrás que esperar al final del año para pedir a Hacienda que te devuelva los 15.000 € de diferencia.

Pero si estás dado de alta en el REDEME, puedes solicitar esa devolución al mes siguiente. Es decir, recuperas antes ese dinero y ganas liquidez para seguir tirando del negocio.

Eso sí, no basta con quererlo: debes haber comunicado correctamente esa factura de la máquina a través del SII, con todos los datos que exige Hacienda y dentro del plazo. Si algo falla —un error, un retraso o una omisión—, podrías quedarte sin devolución e incluso enfrentarte a una sanción.

Datos curiosos (y muy reveladores) sobre el REDEME

  • Más de 70.000 empresas en España están apuntadas al REDEME: según los informes más recientes de Hacienda, cada año se mantiene ese rango de entre 70.000 y 75.000 entidades inscritas. No está nada mal, teniendo en cuenta que hablamos de un régimen voluntario y bastante exigente. Esto demuestra que hay muchas empresas que apuestan por recuperar el IVA mes a mes para mejorar su tesorería.
  • Las empresas del REDEME representan más de la mitad del total del IVA declarado en el país: aunque en número no son mayoría, las que están dentro del REDEME suelen mover cifras muy altas: grandes compañías, grupos empresariales o negocios con mucho volumen de actividad. En otras palabras, son pocas… pero facturan muchísimo.
  • Todos los que están en el REDEME tienen que usar sí o sí el sistema SII: este sistema de envío electrónico de facturas a Hacienda ha acelerado la digitalización de muchas empresas. De hecho, aunque no todas estén en el REDEME, se calcula que más del 80 % de la facturación en España ya se gestiona con el SII. Así que, lo mires por donde lo mires, la gestión del IVA ya es mayoritariamente digital.
  • Casi un tercio de los apuntados al REDEME acaban siendo expulsados por no cumplir las normas: sí, suena fuerte, pero es la realidad: uno de cada tres contribuyentes inscritos es dado de baja por Hacienda por errores repetidos, no usar bien el SII o por no entregar los modelos en plazo. Esto deja claro que el sistema no es un juego y exige tenerlo todo al día.
  • Más de 15.000 millones de euros al año se devuelven a través del REDEME: sí, has leído bien. Esa es la cantidad que recuperan, en total, las empresas inscritas en este régimen cada año. Una cifra enorme que muestra lo potente que puede ser esta herramienta para mejorar la liquidez, sobre todo si gestionas mucho IVA soportado.

Dudas frecuentes sobre el REDEME (resueltas sin marear la perdiz)

¿Qué es exactamente el REDEME?

El REDEME, o Registro de Devolución Mensual del IVA, es una opción que permite a algunas empresas y autónomos recuperar el IVA de forma mensual, en vez de esperar al cierre del año. Es voluntario, pero tiene condiciones.

¿Estoy obligado a apuntarme al REDEME?

No. Nadie está obligado a entrar en este sistema. Ahora bien, si decides hacerlo, tendrás que presentar el IVA cada mes y usar el sistema electrónico de envío de facturas a Hacienda, conocido como Suministro Inmediato de Información (SII).

¿Qué implica el REDEME en mi contabilidad?

Pues básicamente, que tendrás que llevar tus cuentas al día con bastante más detalle. Tendrás que registrar y enviar las facturas de ventas y compras casi en tiempo real a través del SII, además de presentar el modelo 303 todos los meses. Es decir, se acabó lo de hacer cuentas “a mano” o con retrasos.

¿Cuándo hay que apuntarse al REDEME si me interesa?

La solicitud se hace entre el 1 y el 30 de noviembre del año anterior al que quieras aplicarlo. Por ejemplo, si quieres que te afecte en 2026, tienes que pedirlo en noviembre de 2025. Aunque, si acabas de montar el negocio o has pasado a ser gran empresa, puedes solicitarlo fuera de ese plazo.

¿Quién tiene que presentar el IVA todos los meses?

Presentan el IVA mensualmente:

  • Las empresas que facturan más de 6 millones de euros al año,
  • Los que están en el REDEME,
  • Y los grupos de IVA.

El resto puede hacerlo de forma trimestral, que es lo más habitual entre autónomos y pymes.

¿Cómo se solicita el alta en el REDEME?

Se hace online, a través del modelo 036, marcando la casilla correspondiente al REDEME. Recuerda: lo normal es pedirlo en noviembre, salvo casos excepcionales como empezar actividad o cambiar de régimen fiscal.

¿Qué ventajas tiene apuntarse al REDEME?

La más clara es que puedes recuperar el IVA mucho antes, algo muy útil si haces grandes compras o inversiones. Además, si ya tienes la contabilidad digitalizada, te puede ayudar a tener todo más controlado y organizado.

¿Y si luego me arrepiento? ¿Puedo salirme del REDEME?

Sí, puedes pedir la baja voluntaria también en noviembre, usando el modelo 036. Eso sí, si incumples con el SII o presentas mal las declaraciones, Hacienda puede echarte directamente. Y si eso pasa, no podrás volver a apuntarte hasta dentro de tres años.

¿Los autónomos pueden entrar en el REDEME?

Sí, pueden, aunque no es lo más común. La mayoría de los autónomos no tienen ni el volumen de IVA ni los medios para lidiar con el SII y las declaraciones mensuales. Pero si eres un autónomo que exporta, hace inversiones importantes o factura bastante, puede que te interese.

¿Qué ocurre si cometo fallos con el SII?

Pues malas noticias: si mandas datos tarde o mal, puedes recibir una sanción e incluso quedar fuera del REDEME. Por eso es clave tener un sistema contable automatizado y que tu equipo (o asesoría) esté bien al día.

Conclusión: el REDEME no es para todo el mundo, pero puede ser una buena oportunidad (si se gestiona bien)

Como has visto, el REDEME puede ser una herramienta útil para mejorar la liquidez de tu negocio si tienes muchas compras con IVA, haces inversiones importantes o trabajas con operaciones exentas como las exportaciones. Pero también es un sistema exigente, que requiere tener todo muy controlado: facturación al día, contabilidad digital, y cumplimiento de plazos sin fallos.

Por eso, antes de tomar una decisión, es fundamental analizar bien tu situación. Lo que a una empresa le funciona, a otra le puede generar más dolores de cabeza que beneficios. Y aquí es donde contar con una buena asesoría puede marcar la diferencia.

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