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¿Cómo se factura a clientes extranjeros desde España?
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¿Cómo se factura a clientes extranjeros desde España?

August 8, 2023

¿Tienes clientes fuera del territorio nacional? No te preocupes, en este artículo te explicamos cómo facturar a un cliente extranjero desde España, sea comunitario o no extracomunitario.

¿Cómo emitir una factura a una empresa extranjera?

En vista de la internacionalización de las empresas, es importante tener conocimientos sobre cómo emitir facturas a empresas extranjeras desde España.

Es esencial entender las diferentes situaciones que se pueden presentar, ya que facturar a una empresa de la Unión Europea (UE) es diferente a realizar una exportación a una empresa fuera de la UE.

Antes de facturar servicios a una empresa extranjera, es fundamental tener en cuenta las siguientes particularidades:

  • El IVA es un impuesto de recaudación.
  • Si el bien o servicio facturado será consumido por un cliente extranjero, la fiscalidad cambiará.
  • Para elaborar una factura para una empresa extranjera, es necesario conocer el país de residencia, la moneda y la procedencia del dinero del cliente.
  • Es importante conocer el tipo de cambio de la moneda del cliente.

¿Cuáles son los requisitos para facturar al extranjero desde España?

Para que una empresa en España pueda facturar al extranjero, es necesario registrarse en el ROI (Registro de Operador Intracomunitario) de Hacienda a través del Modelo 036, para obtener un NIF-Intracomunitario de IVA y poder facturar a empresas ubicadas en la UE.

Es importante tener en cuenta las tres situaciones diferentes que pueden presentarse al facturar al extranjero desde España:

  • Empresas de la UE.
  • Clientes particulares de la UE.
  • Empresas o particulares ubicados fuera de la UE.

¿Cómo se factura a un cliente de la Unión Europea?

Para que un cliente sea considerado una empresa intracomunitaria, es necesario que resida en uno de los países miembros de la UE.

Si la operación que se factura está sujeta a IVA, se debe cobrar al cliente, a menos que la empresa o el cliente estén dados de alta en el ROI, en cuyo caso la factura se emitirá sin IVA.

No es suficiente con que el cliente esté dado de alta en el ROI, la empresa también debe estar dada de alta.

A pesar de que se emitan facturas sin IVA, éstas deben ser incluidas en el Modelo 303 de IVA trimestral y en el Modelo 349 de operaciones intracomunitarias.

En el caso de facturar a empresas o profesionales intracomunitarios:

  • Si se factura servicios a un profesional o empresa intracomunitaria y ambos están dados de alta en el ROI, la factura será exenta de IVA, excepto para los servicios indicados en el artículo 70 de la Ley del IVA, como los relacionados con inmuebles en España, servicios de transporte, restauración, etc.
  • Si se factura bienes a un profesional o empresa intracomunitaria, la factura también estará exenta de IVA y se aplicará la inversión en sujeto pasivo. Además, se deberán presentar los mismos modelos tributarios que para los servicios.

En el caso de facturar a particulares de la UE, el tratamiento fiscal del IVA será diferente y dependerá si se trata de venta de bienes o prestación de servicios:

  • Si se factura servicios a un cliente particular de la UE, en general, tributará en el país de origen, en este caso España, y se tratará como cualquier operación nacional. Estas operaciones deben incluirse en el Modelo 303 y 349.
  • Si se factura bienes a un cliente particular de la UE, también tributará en el país de origen, estará sujeta a IVA y se deberá incluir en el Modelo 303 y 349.
  • En el caso de las ventas a distancia a particulares, se aplicará un Régimen Especial, siempre que no superen los 35.000 euros en España, se aplicará el IVA del país de origen, en este caso España. Si superan ese umbral, se facturará con el IVA del país destino.

¿Cómo se factura a un cliente de fuera de la Unión Europea?

Facturar una prestación de servicios fuera de la UE equivale a facturar una exportación.

De acuerdo con el artículo 21 de la Ley del IVA, las exportaciones de bienes están exentas de IVA, sin importar si el destinatario es una empresa o un particular.

Cuando se emite una factura de exportación, se debe agregar una nota en la factura que indique "Artículo 21.1 de la Ley 37/1992".

Además, se debe guardar junto a la factura comercial el documento de transporte internacional y el DUA de exportación.

Sin embargo, la prestación de servicios a clientes particulares fuera de la UE sí estarán sujetos al IVA.

¿Cómo se hace una factura internacional?

Veamos dos casos diferentes:

¿Cómo se factura a clientes extranjeros particulares de la Unión Europea?

En el caso de facturar a empresas o profesionales de la UE, se aplicará la misma normativa de facturación que para las ventas nacionales, tanto para la prestación de servicios como para la venta de bienes, y estarán exentas de IVA.

Por otro lado, si la factura se realiza a un particular de la UE, el IVA a aplicar dependerá del tipo de operación:

  • Para la venta de bienes, se aplicará el tipo de IVA correspondiente al país del cliente.
  • Para la prestación de servicios, se aplicará el IVA correspondiente al país del vendedor.
  • Para los servicios digitales o de telecomunicaciones, se aplicará el IVA correspondiente al país del comprador.

¿Cómo se facturan las exportaciones?

A la hora de facturar una exportación a una empresa, se hará de forma exenta de IVA, por lo que no será necesario el alta en el ROI ni incluirla en el Modelo 349, aunque sí en la casilla 60 de "información adicional" del Modelo 303.

Para facturar una exportación, como exportador solo necesitarás tener el DUA y añadir la coletilla "Artículo 21.1 de la Ley 37/1992" en tus facturas.

Es importante tener en cuenta que si vendes a Canarias, la tributación fiscal será igual que la de una exportación.

Si facturamos una exportación de servicios a un particular, se tributará el IVA del país de origen.

Conclusiones

En resumen, facturar a clientes extranjeros desde España implica una serie de consideraciones fiscales y normativas que es importante tener en cuenta para evitar problemas y cumplir con las obligaciones tributarias.

En general, las ventas a empresas y profesionales intracomunitarios se facturarán exentas de IVA siempre que estén dados de alta en el ROI, mientras que las ventas a particulares extranjeros se tributarán según las normas del país de origen del cliente. En el caso de las exportaciones, es necesario seguir una serie de procedimientos y documentación específica para cumplir con la legislación vigente.

En cualquier caso, es recomendable contar con la asesoría de un experto en materia fiscal y tributaria como Asesorae para asegurar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones legales.